Autónomo: ¿se te ha pasado el plazo del IVA? Así debes proceder

Publicado el 11/10/2017
Si te saltas algún pago trimestral de IVA, o has tenido fallos en tu facturación, puedes adelantarte a la notificación de Hacienda. Así, esquivarás sanciones.

El 20 de abril, el 20 de julio, el 20 de octubre y el 20 de enero son los plazos en los que finalizan los periodos para presentar impuestos como el IVA ante la Agencia Tributaria. Así del 1 al 20 de octubre, se tendrán que declarar los impuestos correspondientes a lo facturado entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.

Es probable que por alguna distracción o algún otro motivo, a un autónomo se le olvide declarar dentro del plazo establecido. Pero, por fortuna, se puede solucionar sin tener que enfrentarse a una sanción por parte de Hacienda. Según un comunicado publicado por un gestor de facturación hay varias vías para poder presentar los impuestos una vez finalizado el plazo de ese trimestre.

En primer lugar, es necesario saber que si se actúa con rapidez se evita la sanción de la Agencia Tributaria. No hay que esperar a recibir una notificación que informe de un retraso en la declaración y que, por tanto, conlleva una sanción.

De esta manera, si se declara ante Hacienda con un retraso máximo de tres meses solo se tendrá que pagar un interés del 5% y ninguna sanción. Si el pago se produce con un retraso de tres a seis meses, el interés ascenderá al 10%, en este caso todavía no se imponen sanciones. Si transcurre un plazo de seis a doce meses el interés ascenderá al 15%. Mientras que si se traspasa la barrera de un año el interés será del 20% y además Hacienda impondrá sanciones añadidas.

Esto quiere decir que, si un autónomo debía pagar 300 euros en concepto de IVA por el modelo 303 y lo paga con un retraso máximo de tres meses, deberá pagar los 300 euros más un 5%, en este caso 15 euros.

Por tanto, lo recomendable es pagar lo antes posible si se ha pasado el plazo y evitar tener que recibir una notificación de Hacienda, donde se informe de una sanción.

Los trámites para declarar impuestos con retraso serán los mismos que cuando se declaran dentro del plazo. Por tanto, se puede hacer de forma física en una oficina de Hacienda o por vía telemática.

FUENTE: CINCODÍAS
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