Autónomos: ¿qué puedo hacer si el IVA me sale negativo?

Publicado el 17/02/2019
Existen diversas formas de proceder cuando el IVA ofrece un saldo negativo al autónomo. Estas son las opciones, en función de las circunstancias.

El IVA negativo se da cuando la diferencia entre el repercutido y el soportado ofrece una cantidad en números negativos. En este caso, no habrá que pagar a la Agencia Tributaria. Sin embargo, se dan dos fenómenos diferentes: a compensar y a devolver.

El IVA a compensar es el caso más habitual. Si un trimestre el autónomo ha tenido IVA negativo pero el negocio va bien, lo normal es que lo compense el siguiente. Esto se explica porque, en principio, un autónomo es un mero recaudador del impuesto. Por lo tanto, no debe ganar ni perder nada con él.

El IVA a devolver es un caso particular porque se solicita que la Administración abone una diferencia económica. Se da cuando durante todo el año la suma es negativa, y solo lo podrás solicitar el 4º trimestre. Esto sucede en negocios en crisis o en periodos de recesión económica generalizada.

Liquidaciones trimestrales

Las liquidaciones de IVA se realizan trimestral o mensualmente y la diferencia positiva o negativa es determinante para saber si se ha de pagar a la Agencia Tributaria.

Si se excluye el último trimestre del año, que permite realizar las liquidaciones hasta el 30 de enero, en los demás hay que declararlas como límite el día 20 del mes posterior mediante el modelo 303. Además, ahora es posible ahorrar algunos gastos si realizas la actividad del hogar, indican desde Gestoría Fiscal y Contable.

Aunque lo normal es que pague si tiene un trimestre positivo de este impuesto, hay alguna excepción. Existe un supuesto en el que no tendría que pagar. Si se tiene un IVA negativo de otros trimestres y se quiere compensar, se podrá hacer. Eso sí, existen algunas limitaciones a este respecto. Puede solicitar compensaciones hasta 4 años antes de la fecha en la que se hace la liquidación. No obstante, sí es importante destacar que la jurisprudencia cambia al respecto y que, en determinados casos, este periodo se alargaría hasta 8 años.

FUENTE: CINCODÍAS
Más información...

 

Galería de Imágenes...

 

 

Compartelo en las redes sociales

 

 

Volver a noticias

 

 

 

 

Buscar...

 

Social

 

Facebook ADADE Twitter ADADE Youtube ADADE Issuu ADADE LinkedIn ADADE

 

Publicaciones recientes

 

Archivo de noticias

 

Newsletter

Para recibir más información y suscribirse gratuitamente al boletín de noticias de ADADE/E-CONSULTING indique su email aquí.

Nombre:


Email:




Finalidades: Envío de nuestro boletín comercial así como remitirle información comercial de nuestros productos y servicios, comunicaciones informativas y publicitarias sobre nuestros productos o servicio que sean de su interés y promociones comerciales, incluso por correo electrónico. Legitimación: El consentimiento del usuario. Destinatarios: Podrán ser dirigidos o cedidos a las empresas del grupo o que colaboran habitualmente con AGRUPACION DE ASESORIAS -ADADE- y E-CONSULTING ASESORES Y CONSULTORES GLOBAL GROUP S.Apara fines promocionales o para enviarle comunicaciones relativas a los servicios prestados por las entidades dentro de las empresas del grupo, que se consideren que puedan ser de su interés. Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en [email protected]. Información adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad.