Los consistorios dejarán de cobrar la plusvalía de casas en pérdidas con efectos desde 2017

Publicado el 08/03/2018
El contribuyente deberá demostrar que el valor de venta del inmuebles es efectivamente inferior al de compra

Los ayuntamientos no aplicarán el impuesto que grava las ganancias teóricas que obtienen los titulares de un inmueble si demuestran que al venderlos han incurrido en pérdidas patrimoniales al hacerlo a un precio de transmisión inferior al de compra. La 'plusvalía' municipal dejará de ser un temor para los contribuyentes que se encuentren en esta circunstancia, tal y como lo determinó la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado mes de mayo. Es más, el nuevo régimen fiscal del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana -así se denomina técnicamente- se aplicará con efectos retroactivos desde el 15 de junio de 2017.

Esa es la propuesta incluida por el PP en la proposición de ley que presentó este martes en el Congreso por la que se modifica la norma sobre Haciendas Locales, sin esperar al acuerdo sobre financiación municipal que negocia el Gobierno. Se trata de dar «rápida respuesta» al mandato del Constitucional para que los ciudadanos afectados no se sigan viendo perjudicados por la actual interpretación de la legislación.

Por otra parte, el presidente de la Federación de Municipios y Provincias (FEMP), Abel Caballero, remitirá en breve al Gobierno un listado con las áreas de reinversión del superávit que ahora no aparecen contempladas como «financieramente sostenibles», como infraestructuras educativas, sociales, culturales, deportivas y de seguridad. Lo hará tras el acuerdo alcanzado con el Ministerio de Hacienda, que permitirá usar el excedente de 5.000 millones acumulado en 2017 para este año y el próximo.

FUENTE: FINANZAS.COM
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